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Gracias a algunas religiosas jóvenes con cierta actividad en redes sociales, algunos nos hemos enterado de que las monjas cotizan en el régimen de autónomos a diferencia, por ejemplo, de los curas, que son trabajadores por cuenta ajena: la Conferencia Episcopal les paga un sueldo según su posición en el escalafón salarial de la Iglesia.
Si un autónomo es alguien que trabaja por cuenta propia, con sus propios horarios, sus clientes y sus declaraciones de IVA e IRPF, ¿por qué una monja, que vive aislada por y para su congregación, que sigue una rutina estricta y obediente, que no trabaja para nadie más que para Dios, cotiza en el régimen de autónomos? Intentamos responder a todas estas contradicciones con Jesús Bastante, redactor jefe de Religión Digital, medio asociado a elDiario.es en cuestiones relacionadas con la religión y la Iglesia católica.
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